El cuidado gratis, sobre todo el de las abuelas, junto con el empleo del hogar en condiciones precarias juega un rol central en la atención a la dependencia en el actual modelo de cuidados. Respecto a la contratación de empleo del hogar siempre se han tratado de empleos muy precarios, ocupados por mujeres que no tienen más alternativa laboral y con un creciente número de mujeres inmigrantes.
Después de años de negación sistemática de derechos por parte del gobierno a este sector de empleo, este último mes se han producido dos episodios que abren la puerta a posibles mejoras en las condiciones laborales: un convenio aprobado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el servicio doméstico y la incorporación de las empleadas del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social.
En este texto se dan las claves para entender la situación y las reivindicaciones de un sector de trabajadoras sobre las cuales descansa un pilar tan fundamental de nuestra sociedad como su sostenibilidad.
¿Cuántas mujeres trabajan como empleadas del hogar en la Comunidad Autónoma Vasca? La economía sumergida dificulta la obtención de una foto real sobre la dimensión de este sector Pero, según el Ministerio del Trabajo en la Comunidad Autónoma Vasca el número asciende a 24.318 trabajadoras de las que apenas 14.000cotizan de algún modo a la Seguridad Social.
¿Qué porcentaje de las trabajadoras del hogar son inmigrantes? En el estado Español, el perfil de la trabajadora doméstica inmigrante se ha disparado en los últimos años, pero los datos no son fáciles de extraer debido a la economía sumergida. Según la Encuesta de Población Activa del 2011, 703.800 personas (el 91,5% son mujeres) trabajan en el ramo de Actividades de los Hogares. De estas mujeres, apenas 294.270 (el 61,3%son extranjeras) están dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social.
De acuerdo con la Asociación de Trabajadoras del Hogar de Bizkaia, (ATH) el 33% de las trabajadoras internas que atendieron el pasado año, mayoritariamente dedicadas a cuidado de personas mayores en situación de dependencia, trabajaban sin papeles.
¿Cuáles son las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar? Las empleadas del hogar tienen un Régimen especial de Seguridad Social diferente al régimen general, que sitúa a las miles de empleadas domésticas entre el trabajo y la servidumbre. El Régimen Especial de Seguridad social del servicio doméstico refleja la desconsideración social de este trabajo y a pesar de las enormes críticas a penas ha sufrido modificaciones desde su creación en 1985.
La discriminación de las trabajadoras y la vulneración de sus derechos es múltiple e inimaginable en muchos otros sectores laborales: no hay obligatoriedad de contrato escrito; la propia empleada tiene la obligación de darse de alta si trabaja menos de 20 horas para una misma persona empleadora; la arbitrariedad a la hora de extinguir la relación laboral; las ínfimas indemnizaciones por despido; la indeterminación de la jornada laboral debido a la figura del tiempo de disponibilidad; la posibilidad de sustraer hasta el 45 por ciento del suelo en concepto de alojamiento y manutención: la inexistencia de subsidio de desempleo y de enfermedad profesional; la baja por enfermedad no se cobra hasta el vigésimo día de enfermedad, la situación de incapacidad laboral transitoria no exime de la obligación de cotizar. En conjunto, este régimen, más cercano al de las personas autónomas que al de empleadas, provoca la existencia de un altísimo porcentaje de mujeres empleadas en situación informal.
¿Existen diferencias en las condiciones laborales entre las mujeres empleadas en el hogar? No todas las mujeres empleadas experimentan el mismo tipo de invisibilidad. Según el colectivo Ioé, el 79% de las empleadas autóctonas realizan su trabajo sin regularizarlo frente al 36% de las migrantes. Los índices de informalidad son mucho mayores para las mujeres autóctonas. Esto se debe al régimen especial aplicable a este trabajo, que hace que muchas mujeres opten por la informalidad, dadas las altas cotizaciones exigidas y los pocos derechos asociados. En el caso de las mujeres migrantes, la necesidad de regularizar su situación hace que prefieran estar dadas de alta. El porcentaje de mujeres migrantes es mayor cuanto más desfavorable es la modalidad de empleo (2005, significa el 52,2% del empleo doméstico femenino). Asimismo, dentro de cada subsector las mujeres migrantes realizan más tareas, trabajan más horas y tienen un sueldo por hora inferior, aunque también todo esto está en función del país de origen y la etnia.
¿Cuál ha sido la actitud del gobierno respecto a la situación de las empleadas del hogar? El gobierno reconoce que el régimen del empleo de hogar adolece de desequilibrios. De hecho, una de las promesas del gobierno socialista fue equiparar sus derechos a las del resto de trabajadores. Pero desde el 2007 ha hecho sólo dos modificaciones. La eliminación de la opción de que se les descontase el 45% del salario en concepto de manutención y alojamiento.
Y, la segunda fue la aprobación esta semana de una enmienda que obliga a los/las empleadores/as a cotizar por los trabajadoras del hogar desde la primera hora. En la actualidad, los empleadores solo cotizan por estos trabajadores si trabajan 20 horas a la semana o más. Si el empleado trabaja durante al menos 72 horas mensuales para más de un hogar, tiene la opción de pagarse él mismo las cuotas.
En definitiva, podemos decir que el Gobierno ha dado una de cal y otra de arena. Por un lado, ha avanzado en algunas mejoras que avanzan muy lentamente en la equiparación de las trabajadoras del hogar al resto de asalariados/as. Pero, por otro lado, ha aprobado una Ley de Reforma de la seguridad Social en materia de pensiones, que con el ánimo de reducir gasto de la Seguridad Social el Gobierno, aumenta el mínimo de años que se utilizan para calcular las bases de cotización de 15 a 20. De este modo, según los cálculos de los sindicatos las pensiones se reducirán en un 6%. Esta medida afecta principalmente a las mujeres porque tienen menores tiempos de cotización por ser quiénes más entradas y salidas realizan del mercado de trabajo y por tener más contratos parciales. Y especialmente afecta a las trabajadoras que están en el Régimen Especial de los empleados del Hogar, puesto que el 32, 5% de las trabajadoras en este régimen está en la franja de quienes han cotizado entre 16 y 20 años. En la actualidad, a partir de los 65 años y por no haber podido cotizar durante su vida laboral, la mayoría vive de la jubilación de su marido o la pensión de viudedad.
A estas medidas, hay que añadir unacrisis que no ha disminuido el trabajo, pero sí ha provocado que las condiciones laborales empeoren.
¿Qué puede significar el nuevo convenio sellado por la organización Internacional del Trabajo (OIT) del servicio doméstico? El pasado 19 de Junio la OIT selló un convenio histórico que reconoce que el trabajo doméstico continúa siendo “infravalorado e invisible”. Las nuevas normas de la OIT establecen que las trabajadores domésticas tendrán los mismo derechos básicos que otros trabajadores incluyendo, “horas de trabajo razonables, descanso semanal al menos 24 horas consecutivas, un límite a los pagos en especie, información clara sobre las condiciones de empleo, así como el respeto a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, incluyendo los de libertad sindical y negociación colectiva”. También tendrán derecho a percibir el Salario Mínimo Interprofesional en catorce pagas, hasta ahora sólo se aplicaban trece. Por último, la nueva normativa reconoce el derecho a la seguridad y la salud en el trabajo y a la Seguridad Social en materia de bajas para que se pueda percibir la baja desde el primer día de accidente o desde el cuarto cuando se refiere a una enfermedad.
El convenio junto con la presión de organizaciones sociales, sindicales y partidos políticos puede alterar las fuerzas a favor de la defensa de los derechos de las trabajadoras, hasta ahora sistemáticamente negados por todos los partidos que han ocupado el gobierno.
Foto: Olmo Calvo