Hasta los años 80 del siglo pasado, los procesos de desventaja tenían que ver con aspectos materiales y distributivos y se describían en torno al concepto de pobreza. La crisis de los 70 y las políticas económicas implementadas para superarla, han originado fuertes transformaciones en el ámbito laboral y en el de la protección social, a los que se han añadido una serie de cambios demográficos y en las redes de solidaridad primaria. Todo ello ha originado nuevas necesidades sociales y un aumento de los colectivos amenazados por las privaciones, no ya sólo materiales y económicas, sino también referidas a otros ámbitos como el educativo, el cultural, el de la salud, el de la vivienda y el relacional. El concepto de exclusión social surgió en los años 80 para explicar estos procesos en los que su acumulan diversas carencias tanto económicas como de otra naturaleza. Se trata de pobreza económica, pero también salud deficiente, vivienda deficiente y de carencias educativas y relacionales.
Al igual que en el caso de la pobreza, se debe enfatizar el carácter sistémico de la exclusión social: ocurre en un sistema socioeconómico concreto con una dinámica de desarrollo concreta, y determina, no sólo la vida de los individuos y colectividades excluidas, sino también las de los individuos y colectividades integrados. Por un lado, el modelo socioeconómico provoca la aparición de pobreza y exclusión social y por otro, la existencia de pobreza y exclusión social posibilita que el modelo socioeconómico sea tal y como es.
Bajo este punto de vista, queda de manifiesto la insuficiencia de los sistemas de garantía de rentas como política de lucha contra la pobreza y la exclusión social. Estas transferencias simplemente alivian las situaciones de privación pero no consiguen que desaparezcan de forma definitiva, dado que no alteran los mecanismos generadores de exclusión. Además, intervienen en un solo ámbito, el económico, dejando de lado las actuaciones en los demás. Las políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social deben entonces orientarse en dos sentidos.
En primer lugar, y con una perspectiva fundamentalmente preventiva, es decir, dirigida a frenar el crecimiento de la exclusión, habría que modificar las desiguales relaciones en las que se produce el reparto del producto en nuestras sociedades, lo que implica frenar la cada vez mayor precarización del trabajo y reconocer formas de actividad que van más allá del empleo remunerado. Un número importante de la población vulnerable y excluida trabaja, pero su trabajo está insuficientemente remunerado o es inestable o no está reconocido. Asimismo debe llevarse a cabo una renovación de los sistemas de protección social para adaptarlos a las nuevas necesidades sociales que tienen que ver con el envejecimiento poblacional, los procesos migratorios, el debilitamiento de las redes sociales y de parentesco y la mayor discontinuidad de las trayectorias laborales. A inicios de 2008, los informes de Foessa, Caritas y la OCDE recogían índices de pobreza del 20% de la población en el Estado Español, lo que significa unos ocho millones de pobres, una de las cifras más altas de la UE. Según los últimos datos de la OCDE el porcentaje habría llegado al 30%, unos 13 millones, casi al mismo nivel que los países de la OCDE. Según el Banco de España, en el año 2002, el 20% de los hogares más pobres percibía una renta de 8.700 euros anuales, mientras que el 10% de las familias más ricas percibía 85.100 euros. Pues bien, en el año 2005, el 20% de los hogares más pobres percibía 6.900 euros, mientras que el 10% más rico alcanzaba 85.800 anuales, lo que muestra que la injusticia social no para de aumentar.
Segundo, y dado el carácter multidimensional de la exclusión social, son necesarias políticas con una perspectiva integral. Se trata de proporcionar a las personas medios económicos suficientes y, al mismo tiempo, favorecer su plena integración social. Son necesarias intervenciones en ámbitos diversos como el laboral, el educativo, el cultural, el relacional y el de la vivienda, teniendo en cuenta dos reglas básicas: que las actuaciones deberán ser personalizadas y que son necesarios mecanismos de seguimiento y acompañamiento. Para que el derecho a la inserción exista efectivamente es necesario que exista una conexión institucional entre las prestaciones y las actividades de integración, pero estas actividades no deben tener como objetivo limitar al beneficiario ni controlarle o vigilarle, sino darle una oportunidad o apoyarle para que pueda llevar a cabo determinados proyectos.