El CES y «los working poor»> Ander Rodriguez Lejarza (Alternatiba)
Ander Rodríguez Lejarza
Alternatiba
La Renta de Garantía de Ingreso desincentiva la búsqueda de empleo. Ésta es, a grandes rasgos, la insolidaria tesis que hemos escuchado de boca del Consejo Económico y Social de Euskadi (CES). Su nueva aportación a la sociedad es que la Renta de Garantía de Ingresos o Renta Básica, de 650 euros mensuales, se acerca demasiado a los sueldos de algunos sectores laborales, por lo que, para cobrar más o menos lo mismo, la gente se quedará en casa, especialmente quienes se dedican a tareas penosas y mal remuneradas. Y esto lo dice el CES sin sonrojo. Sin mostrar preocupación alguna por la inhumana precarización del empleo que se traduce de su argumento y que está haciendo avanzar un alarmante fenómeno denominado working poor:: trabajadores y trabajadoras con contrato legal que viven por debajo del umbral de la pobreza.
Llama poderosamente la atención el Dictamen emitido por el CES -integrado por Confebask, CCOO, UGT y diversos agentes sociales e institucionales vascos- sobre el proyecto de Decreto por el que se regula la Renta de Garantía de Ingresos: “Hay que valorar, a la hora de desarrollar la aplicación del Decreto, la interrelación con el mercado laboral en el caso de que se aproximen la cuantía de las ayudas y las retribuciones de algunos sectores”. El Consejo vasco no muestra inquietud alguna por la existencia de contratos basura, sino por una ayuda social que podría llevar a que un grupo de población se negara a aceptar trabajos precarios.
No resulta sorprendente que la crítica provenga de la patronal vasca, pero sí de CCOO y UGT, que asumen así un discurso ajeno a la clase que dicen defender. Lo apunta acertadamente Mikel de la Fuente, representante de la UPV en el CES y único voto negativo a la propuesta de acuerdo: “La cuantía de una prestación como la Renta de Garantía de Ingresos debe cumplir con ese objetivo de combatir la pobreza. Si se pretende que su cuantía no desincentive la integración en el mercado de trabajo, no procede la reducción de la prestación de garantía de ingresos, ya que en ese caso se alejaría aún de lo que ya está en el cumplimiento de ese objetivo, sino que son los salarios mínimos los que deben ascender a la cuantía de ‘por lo menos igual al 60 % del respectivo salario mediano’, como recoge la mencionada Resolución del Parlamento Europa y ya anteriormente la Organización Internacional del Trabajo”. El representante universitario da en el clavo al poner el acento en la finalidad de la prestación: la garantía política del derecho de existencia económica y social de toda la ciudadanía por el mero hecho de serlo.
Precisamente, el Tribunal Constitucional alemán instó recientemente al Gobierno del país a calcular la cantidad necesaria para garantizar la existencia digna de una persona, por entender que la prestación por desempleo actual vulneraba este derecho constitucional. Y ésta es la clave, ¿garantiza el actual Estado de Bienestar las condiciones materiales de la existencia de la ciudadanía?
Aplaude el CES que el Decreto “otorgue al empleo un papel central y protagonista, reconociéndole su capacidad como mecanismo de protección frente a la pobreza”. Como acertadamente apunta el profesor Daniel Raventós, “hay algo incongruente en esta afirmación. Para hacerla evidente se puede descomponer la afirmación en estas otras: A) se ha de luchar contra la pobreza. B) el trabajo asalariado es el instrumento principal para logra A). C) Estar de acuerdo con A) no significa, evidentemente, estarlo con B). Si el trabajo asalariado no está disponible para toda persona que quiera conseguir uno, nunca, siendo fieles a la argumentación apuntada, se conseguirá el objetivo de suprimir o paliar grandemente la exclusión social”.
Si mantiene el CES un compromiso real con la superación de las denominadas trampas de la pobreza y el desempleo debería apostar por la Renta Básica de Ciudadanía (RBC), esto es, un ingreso pagado por la Administración a cada miembro de pleno derecho de la sociedad, independientemente de su relación pasada, presente o futura con el trabajo remunerado y de otras posibles fuentes de renta. La RBC, frente a los subsidios condicionados, presenta las siguientes ventajas: establece una cobertura del 100%; elimina humillantes controles; erradica la estigmatización de la pobreza; ahorra costes a la Administración; es de gestión simple; incentiva el autoempleo; reconoce el trabajo voluntario o doméstico; desaparece el fraude y supera las trampas de la pobreza y el paro.