Ander Rodríguez Lejarza
Enrique Martínez-Flórez
Alternatiba
“No está acreditado que Egunkaria haya servido para financiar a la banda terrorista ETA”. “No consta que Egunkaria ni los procesados hayan servido a los fines de ETA”. “No consta que los procesados hayan legitimado las acciones terroristas o hayan exculpado o minimizado su significado”. “No consta que los procesados hayan prestado alguna ayuda específica ni genérica dirigida a apoyar en concreto la colaboración con el terrorismo”. Éstas son las conclusiones del Ministerio Público, no de la defensa, sino de la Fiscalía que representa el interés común, el bien público, a propósito de la actuación de los procesados del caso Egunkaria.
No queremos, ni es el momento de analizar el sumario, pero no nos resistimos a mencionar la clave que la Benemérita utiliza para solicitar la imputación y volvemos al tenor literal de lo que obra en el sumario: “Las personas que lo pusieron en marcha no tenían vinculación con la organización ETA”, para después añadir sin prueba alguna que, “precisamente, esa falta de vinculación con ETA se buscó de propósito por la banda armada”. Es decir, que si tienen vinculación, son culpables y si no, también.
A partir de aquí, nos encontramos con la siguiente situación: un proyecto de desarrollo cultural del euskera con una tirada de 15.000 ejemplares y más de 44.000 lectores no volverá a los quioscos. Egunkaria ha cumplido la condena sin haber sido condenado. Eso sí, probablemente procederá una indemnización que la AVT y Dignidad y Justicia, que ejercen la acusación pública, cifran en 60 millones de euros que ellos no satisfarán, sino que lo haremos todos.
¿Cómo explicamos esto en un supuesto Estado de Derecho?, ¿cómo se explica esta violación flagrante de valores constitucionales tales como el pluralismo, la libertad de expresión, de información y la tan querida para algún partido libertad de empresa del artículo 33?, ¿cómo es posible pasar de lo que resulta del tenor literal del sumario a una condena cumplida?
Sólo se explica desde la vis expansiva que ha adquirido en el sistema jurídico del reino de España el concepto de terrorismo, que se invoca cada vez más para hacer frente a fenómenos de mera disidencia. Se difuminan las fronteras entre uno y otra, se instrumentaliza la legislación penal contra el adversario político.
Egunkaria es el ejemplo de los peores abusos en la persecución del llamado entorno de ETA, de los peligros que asume una democracia cuando sacrifica las garantías judiciales y las libertades individuales en la lucha contra el terrorismo. En resumen, cuando el fin justifica los medios.
Desde esta doctrina, es fácil justificar la condena a las familias de las personas presas que supone el alejamiento, contrario a las normas del propio reino y su legislación penitenciaria. Desde esta doctrina, es fácil justificar una Ley de Partidos que niega a un amplio sector el derecho de participación del artículo 23 de la Constitución. Incluso se justifica el velo de silencio y la ausencia de investigación que rodea a las denuncias de tortura y vejaciones homofóbicas realizadas por los procesados.
Volviendo al tenor del sumario, nos encontramos con que la Benemérita criminaliza que desde Egunkaria se abogara por un Estado independiente socialista y euskaldun, porque coincide con los fines de ETA. Es decir, se niega la posibilidad de defender por medios pacíficos y democráticos la independencia, el socialismo, la cultura y la lengua vasca.
Reflexionemos ante todo lo anterior: ¿Quién justifica acciones violentas, quién carga de significado político las acciones criminales, quién defiende la privación de derechos y libertades en este caso? Los “Pactos por las Libertades” serán efectivos y justos cuando contemplen las libertades de todos y todas.
“No existe tiranía peor que la ejercida a la sombra de las leyes y con apariencias de justicia” (Montesquieu)